Presentación: Apoyo Inclusivo
DOI:
https://doi.org/10.4067/s0718-73782024000100017Resumen
Avanzar hacia una educación inclusiva y equitativa de calidad para todos y todas es un gran desafío y una tarea compleja, que requiere contar con sistemas de apoyo que colaboren con las escuelas para atender de manera integral las necesidades de la diversidad del alumnado. Desde la perspectiva de la inclusión, el apoyo son todas las medidas, recursos y acciones que contribuyen a incrementar la capacidad del profesorado y de los centros educativos para promover el óptimo desarrollo, aprendizaje, participación y bienestar de todos los y las estudiantes (Booth y Ainscow, 2015).
Cuantos mayores sean los apoyos y menores sean las barreras mayores serán las posibilidades de aprendizaje y de participación de todos y cada uno de los estudiantes. Es decir, la provisión de apoyos y la identificación de las barreras al aprendizaje y la participación son dos procesos interdependientes y dinámicos, porque las necesidades de apoyo pueden variar y reducirse sustantivamente eliminando las barreras presentes en las políticas, las culturas y las prácticas pedagógicas de las escuelas.
No obstante, contar con apoyos –materiales, humanos, pedagógicos y tecnológicos– no asegura necesariamente una mayor inclusión, ya que esto depende de cómo se conciban y se lleven a cabo. De hecho, algunas medidas de apoyo pueden tener efectos excluyentes, tal como se constata en el artículo de Andrea Jardí e Ignasi Puigdellívol. Cabe preguntarse entonces ¿Cuáles serían las características o señas de identidad de un apoyo inclusivo? y, en consecuencia, ¿cuáles serían los tránsitos necesarios para avanzar hacia sistemas de apoyo coherentes con esta perspectiva?, es decir que aseguren la presencia, la participación, y el aprendizaje de la diversidad del alumnado
Publicado
Cómo citar
Número
Sección
Licencia
Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución 4.0.
Creative Commons Reconocimiento (by)
Esta licencia permite la explotación de la obra, así como la creación de obras derivadas, la distribución de las cuales también está permitida con la condición de que se haga referencia expresa al autor/a, es decir, que aparezca su nombre en cualquier uso o acto de explotación que se haga de la obra.